Levandowski (y Uber) se irían de rositas en España, probablemente
Indice
- La Historia
- ¿Y en España?
- ¿Lo robado era un secreto empresarial o sólo información confidencial?
- ¿De verdad lo han “robado”? ¿Puede documentarlo, acreditarlo?
- ¿El trabajador sabía que eso no se podía hacer?
- ¿Se podría hacer algo contra Uber, o ésta es un tercero ajeno a lo que de malo haya podido hacer Levandowski?
- Moraleja (o “el riesgo de no hacer nada”)
La Historia
Anthony Levandowski se fue de su antigua empresa: Waymo, la división de Google dedicada al desarrollo del automóvil autónomo o sin piloto.
Antes de irse –presuntamente- se llevó secretos industriales que le permitieron montar una nueva start-up (Otto) para ¿adivinan? el desarrollo de otro vehículo sin piloto, esta vez un camión.
Alguien podría decir que hace falta algo más que el carisma y pundonor de Levandovski para que alguien (Uber) pagara por Otto el equivalente a 240 millones de dólares en acciones por una start-up… sólo tres meses después de su constitución.
Anthony Levandowski, Otto y Uber fueron posteriormente demandados por la sustracción de información confidencial sobre elementos clave del vehículo en desarrollo (en parte protegida como propiedad industrial y en parte sólo como knowhow). El juicio aún no se ha celebrado.
A finales de abril Uber impidió que Levandowski continuara trabajando.
Esta semana se ha hecho público que Uber le ha despedido.
“ El aprovechamiento del esfuerzo ajeno no constituye por sí solo un ilícito concurrencial” (Tribunal Supremo)
¿Y en España?
Hagamos un ejercicio de ciencia (jurídica)-ficción:
Asumiendo como ciertos los hechos relatados en la prensa, ¿qué habría pasado si hubieran sucedido en España?. Para ser breve, me voy a centrar sólo en el knowhow, no en lo protegido como propiedad industrial.
¿Lo robado era un secreto empresarial o sólo información confidencial?
Google (más bien Waymo) tendría que acreditar que los secretos industriales sustraídos eran, efectivamente secretos. Ya he explicado en otras ocasiones que si no, hay poco que hacer.
No olvidemos inmortales sentencias del Tribunal Supremo en las que se dicen cosas como éstas:
“El aprovechamiento del esfuerzo ajeno no constituye por sí solo un ilícito concurrencial”
“Una cosa es la información confidencial y otra completamente distinta es el secreto empresarial”
¿De verdad lo han “robado”? ¿Puede documentarlo, acreditarlo?
Pocas son las empresas que podrían acreditarlo en juicio en condiciones…
¿El trabajador sabía que eso no se podía hacer?
A lo peor, no estaba claro que los ingenieros no podían llevarse “el fruto del sudor de su frente”. En la mayor parte de los casos, los trabajadores simplemente no tienen claro hasta dónde o desde dónde su trabajo no es suyo, sino de la empresa.
Piénsalo: es hasta normal.
Seguramente tú -tú que estás leyendo estas líneas- te estás enterando ahora mismo de que hace falta tener un montón de cosas hechas para defenderse en estos casos…
¿Se podría hacer algo contra Uber, o ésta es un tercero ajeno a lo que de malo haya podido hacer Levandowski?
La directiva 2016/943 tiene mucho que decir sobre todos estos temas (explicación aquí), pero se trata de una norma semidesconocida. Como todo lo que tiene que ver con la protección de los secretos de empresa.
Moraleja (o “el riesgo de no hacer nada”)
Ese desconocimiento de la norma y la falta de su aplicación me lleva a concluir esta breve reflexión de este modo:
Levandowski se iría de rositas en España. Muy probablemente.
Pero no sólo por su culpa (que también, claro) sino por negligencia o dejadez de su antigua empresa.
Si se le queda el cuello así como torcido… hablamos.
Buena semana.