Smithers: doctrina del vínculo

Teoría del Vínculo: El Caso Smithers

Smithers y la Teoría del Vínculo

Waylon Smithers fue un trabajador fiel durante veinte años. Veinte años trabajando, pero qué digo trabajando, sirviendo en cuerpo y alma a su jefe el Sr. Burns.

En su contrato figuraba la función de director financiero, pero pronto demostró que se podía contar con él para cualquier cosa. De este modo, se convirtió en la mano derecha de su jefe.

El Poder

El Sr. Burns confiaba en él, y Smithers nunca mordería la mano que le daba de comer: el día que Burns le otorgó unos poderes que le permitirían incluso vender la central nuclear de Springfield, ambos sabían que se había hecho lo correcto.

El Ascenso

Hace unos cinco años, en el marco de una reestructuración societaria, Burns convenció a Smithers para que aceptara el cargo de Administrador Único de varias sociedades del Grupo Burns: seguía siendo el hombre adecuado, y así liberaba de tareas a un Burns que empezaba a hacerse mayor. Smithers estaba contento y satisfecho: ¿cómo podía interpretarse este nombramiento sino como una gran promoción?

La Caída

En el 2015, sucedió lo inesperado: Burns decidió despedir a Smithers.

La sorpresa de nuestro eficiente ejecutivo fue mayúscula cuando su amado jefe, secundado por un ejército de abogados, le comunicó las condiciones de su despido…

Smithers se vió en la calle sin paro ni indemnización.

Smithers aprendió de la peor forma posible lo que significaba la Dotrina jurisprudencial del Vínculo. (No me pregunten por qué la jurisprudencia del Tribunal Supremo se aplica en Springfield: no sean malos).

La Teoría del Vínculo

Smithers era un Alto Directivo de su empresa (director finaciero, con poderes muy amplios, y vinculados al corazón de la actividad de la misma).

La relación que le unía a su empresa era laboral, pero laboral especial: era un Alto Directivo.

La Teoría del Vínculo viene a establecer muy sintéticamente lo siguiente:

Cuando Smithers aceptó el cargo de Administrador Único, la relación laboral especial (de alto Directivo) que unía a Smithers con su Empresa fue absorbida (léase: desapareció) y se convirtió en una relación mercantil. Una relación no regulada en ningún contrato.

Como la relación laboral se había extinguido previamente, al ser despedido, lo que se extinguió fue la relación mercantil, con todo lo que eso conlleva:

Las Consecuencias

Es decir, Smithers al igual que nuestro amigo Javier (el “3 en uno” administrador, socio y trabajador de la semana pasada):

  • No tenía derecho a indemnización.
  • No tenía derecho a subsidio de desempleo.
  • Había sobrecotizado a la seguridad social.
  • También -aunque esto no era un problema para Smithers-, su salario no sería un gasto deducible para su Empresa empleadora.

¿Y Qué Hacer?

Si Smithers se hubiera asesorado con un abogado decente, le habrían aconsejado regular en un nuevo contrato con su Empresa:

  • La suspensión de su relación de Alta Dirección durante el período que ocupara el cargo de administrador, así como
  • Las consecuencias al cesar como tal administrador (por poner un ejemplo: una indemnización equivalente a la que hubiera percibido de acuerdo con su contrato original).
  • El régimen salarial a percibir como administrador, cumpliendo todos los requisitos legales (previsión en Estatutos, aprobación en Junta general, etc…).

Buena semana.

Jorge García. Abogado en Valladolid

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