Patria Potestad Digital

Papá: No Cotillees mi Facebook (no hay Peor Troyano que tus Padres)

#Retoblog “Patria Potestad Digital”

Esta es mi modesta contribución al #retoblog lanzado por Francisco Rosales (@notarioalcala), en connivencia con Jacob Peregrina (@Tecnoiuris_es) y Ramón Rey Ruiz (@Ramreyruiz),  sobre menores y tecnología: “patria potestad digital”.

Esto no es un post jurídico

De entrada: no voy a tratar este tema como abogado. Sino como atribulado padre.

Una cosa es el derecho de sucesiones, del que algo sé, que es muy complicado (y hackeable).

Pero en materia familiar pura y dura, lo jurídico es -debería ser- secundario.

Mal voy como padre si, para resolver mis problemas, tengo que indagar en los códigos de derecho los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad, y las consecuencias de su incumplimiento.

El derecho es una herramienta bastante mala para solucionar problemas (aun así, la mejor que conocemos).

Esto es especialmente cierto en derecho de familia:

Lo peor que te puede pasar como padre es tener que pedirle a la ley que resuelva tus problemas con tus hijos.

Un Tema Difícil

El tema parece fácil -y no lo es- en lo jurídico (por lo relativamente poco regulado) y en lo práctico: total, todo el mundo se las apaña.

Mi punto de vista es que educar a esas pequeñas bestezuelas es lo más difícil que hay en esta vida. Educarlas bien, se entiende.

Y es quizá más difícil hoy que ayer, por la tan cacareada “brecha digital” entre nuestros hijos -nativos digitales-, y nosotros, pobres criaturillas de Dios que nos las apañamos como buenamente podemos con las nuevas tecnologías.

Pero creo que al final del día tenemos que aplicar los mismos principios, en lo real y en lo digital.

Papa, Don´t  Preach

Por favor, no entiendan lo que sigue como la verborrea del típico idiota que se cree el padre perfecto.

Y no porque no sea un idiota. Al menos cara de idiota se me queda cuando mi hija imita (y luego me echa en cara, la joía) todas y cada una de mis imperfecciones.

Soy Homer Simpson.

Soy Louie CK: me pasan las mismas cosas que a él, y por eso es mi humorista favorito.

Le conozcan ya o no, les recomiendo encarecidamente que vean este trocito de actuación de Louie. Nos cuenta por qué no se debe prejuzgar a un padre que pierde los papeles en público con sus hijos.

Son dos minutos. Si no han estado alguna vez ahí mismo, este post no es para ustedes.

(Ni este planeta).

Así que lo que sigue es lo que creo que se debe hacer.

No lo consigo, no me sale bien todos los días, pero eso no cambia que siga siendo mi objetivo…

La Patria Potestad no es un Derecho, es un Deber

Seamos claros en esto. Hoy la patria potestad es un deber. Los derechos que la ley atribuye a los padres (representación de los menores y administración de su patrimonio) deben ejercerse en todo caso en interés del menor.

Creo que si me tocara administrar la fortuna de un menor que por alguna extraña razón fuera millonario, ello no haría más pequeña mi responsabilidad de su educación, creo. Más bien al revés.

Auctoritas vs. Potestas

Para educar debemos -necesitamos- imponer nuestro criterio mediante la «auctoritas» (que se me obedezca porque suelo tener razón, porque la experiencia ha demostrado que es lo mejor) y no mediante la «potestas» (me vas a obedecer porque soy tu padre, porque soy más viejo que tú, porque siempre se ha hecho así).

La eficacia del poder y peor aún, de la violencia (no necesariamente física) tiene los días contados ante un ser llamado a superarte en todo.

Y reconocemos a un padre superado o agotado cuando le tiene que recordar a su hijo (a grito pelado, normalmente) que es su hijo, para que le haga caso. Sí, todos hemos estado ahí.

Menos tecnología y más pedagogía -como dice Borja Adsuara-

Los niños no necesariamente aprenden de lo que decimos. Pero siempre imitan lo que hacemos.

Necesitamos predicar con el ejemplo. No hay otra manera.

El objetivo tiene que ser convencer, no vencer al niño.

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El inevitable Meme Moñas

Tendremos que practicar, aprender, adquirir nuestras propias destrezas a la hora de enfrentarnos a los dispositivos técnicos, a sus configuraciones de seguridad y a las de la red social de moda en cada momento.

Cuando el niño compruebe que sabemos lo que hacemos, tendremos más posibilidades de que nos haga caso al inculcarle la importancia de las buenas prácticas y medidas de seguridad mínimas que debe aplicar en su utilización.

“Autocontrol Parental”

Creo que es importante que los padres no publiquemos indiscriminadamente fotografías de nuestros hijos en redes sociales.

Que no publiquemos las fechas de sus cumpleaños. Dónde están o estarán, con quién, haciendo qué.

Es importante que nuestros hijos observen que nos controlamos, que nos paremos a pensar nosotros (y reflexionemos con ellos) sobre qué hacemos público y qué no. Y sobre los porqués.

No deberíamos divulgar en las redes información innecesaria (casi cualquier foto) o relevante (por ejemplo: su fecha de nacimiento, al “celebrar” su cumpleaños en las redes) que permitirá a un tercero identificar a nuestros hijos más fácilmente en el futuro.

Esta práctica es lo que se ha dado en llamar “sharenting” (mezclando “share” o compartir con “parenting” o criar).

Todo ello, fundamentalmente por dos razones, (i) por elemental prudencia y (ii) porque en realidad estamos divulgando datos, información que no son nuestros, que son suyos.

Y ya luego están las típicas fotos “graciosas” que quedarán ahí para siempre, y que pueden no hacerle gracia en el futuro o en el presente.

Recordemos aquella vez que dejamos a nuestros amigos cabroncetes (o a nuestras parejas) solos en el salón con nuestra familia, y les encontramos fisgando el álbum de fotos familiar para su regocijo y nuestra desolación.

Recordémoslo antes de publicar esa foto tan cachonda de nuestros hijos en facebook o instagram.

A los Nativos Digitales sí les importa su Privacidad

Y que no nos vengan con que hoy en día la privacidad no existe. Con que en cualquier caso, a los jóvenes de hoy en día les da igual su privacidad. A otro perro con ese hueso.

Snapchat, la aplicación o red social “reina” entre los más jóvenes, se hizo popular al permitir enviar texto e imágenes efímeros, que se autodestruían sin (teóricamente) posibilidad de copiarlos o recuperarlos.

Quien busca ese servicio, sí se preocupa por controlar su intimidad y privacidad.  

Educación en la Responsabilidad

Por eso creo que la única manera de educar es ayudar al hijo a explorar mundos desconocidos (el parque, sus amigos, su familia, su facebook, o la red social que toque). En todos ellos tendrá que decidir qué y quién es bueno, malo o mejor y responsabilizarse de las consecuencias de sus acciones.

¿Pueden espiar los padres las redes sociales de los hijos?

Es decir, ¿pueden hacerlo sin el consentimiento de sus hijos?

La respuesta es tan evidente, que no me detengo en ella. Por si hiciera falta, el Tribunal Supremo la deja clara, en sentido negativo, en su tristemente famosa sentencia de 10 de diciembre de 2015 (pueden descargarla aquí). Más tarde nos referiremos a ella.

Malos Ejemplos: No hay peor troyano que un padre.

Si somos congruentes con lo anterior, entiendo que utilizar (o defender siquiera) el recurso de espiar los dispositivos o actividad en redes sociales de los menores, supone reconocer de entrada nuestra incapacidad o fracaso como educadores.

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Supone sentar, además, un pésimo ejemplo: que “el fin justifica los medios» aunque sea limitando esa justificación al caso más importante, donde creemos que más nos jugamos.

Ese ejemplo es el que, en realidad, estaremos inculcando en el menor.

Estaremos esculpiendo adultos que entenderá normal, legítimo vigilar “a sus seres queridos” con todos los medios a su alcance, lícitos o ilícitos. O que le vigilen. Es evidente a dónde lleva todo esto.

Buena suerte a sus futuras parejas.

Y también a sus padres: puede que algún día les haga probar su propia medicina …  

Lo que nos lleva al mismo punto de partida: la importancia de la educación, de lo preventivo, no de la limitación, de lo reactivo.

Al niño hay que dotarle de capacidades para funcionar por sí mismo. Si sometemos a control constante todo lo que hace, nunca será responsable de sus acciones.

Educación en la Desigualdad…

Así que el principio general es claro:

Cotillear lo que tu hijo hace o dice en las redes sociales me parece tan denigrante para el hijo que lo sufre como para el padre que lo practica.

Pero es que, desde el punto de vista práctico, es inútil y hasta contraproducente.

Tan inútil como era antaño leer las cartas íntimas de una hija (ya se encargaría ella de que se las enviaran a otro sitio) o evitar que hiciera según qué cosas imponiendo un horario de vuelta a casa demasiado temprano (muy pocas cosas se hacen sólo de noche).

Por cierto, a los hijos normalmente no se les leían (leen) las cartas, no se les sometía (somete) a determinados controles. A las hijas sí.

A veces, el propio hecho de control no sólo atentaba (atenta) contra el derecho de intimidad, también inculcaba (inculca) la discriminación en una etapa muy temprana.

… y en la Rebeldía

No pongo en duda la efectividad de la vigilancia en otros ámbitos. El efecto cumplimiento de una videocámara de vigilancia es un hecho, y evita por sí solo buen número de infracciones.

Pero su alcance tiene que ser lícito y sensato.

Si no es lo uno ni lo otro, el efecto puede ser el contrario:  incentivar el ingenio del vigilado para que sortee el control, y posiblemente, celebre el éxito incurriendo en lo prohibido con mayor saña.

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Si el niño es mínimamente inteligente (y listo), se las ingeniará para saltarse cualquier medida de control.

Pero es que en cualquier caso, más pronto que tarde, acabará encontrándose con los malos, lejos de nuestros cómodos y seguros faldones.

Medidas Excepcionales

Una tarde en cualquier parque demuestra que el mundo está lleno de casos perdidos (padres e hijos).

Así que hablemos de las excepciones.

Claro que se puede acceder por las buenas o por las malas a los perfiles privados de nuestros hijos, en caso de riesgo.

Existen desde luego circunstancias excepcionales que justifican o exigen intromisiones, como los tremendos hechos tratados en la sentencia del Tribunal Supremo de 10 de diciembre de 2015.

Recomiendo la lectura de este post de Silvia Barrera en el que se analizan los hechos objeto de sentencia, así como la conducta de espiar las redes sociales del menor, desde un punto de vista estrictamente jurídico.

También es muy interesante este post de Alfredo Herranz sobre la misma sentencia.

Reglas vs. Excepciones

El diablo está en los detalles. Y en lo que cada cual entienda como riesgo.

Lo que es evidente es que una excepción no puede convertirse en regla: el que uno pueda (deba) forzar la puerta de un domicilio en el que está a punto de cometerse una violación, para evitarla, no da derecho a entrar a diario en las casas de todos los vecinos para comprobar que todo va como (un piensa que) tiene que ir.

Control Parental

Hay herramientas de control parental para todos los gustos: más o menos intrusivas.

(Descargue aquí, la “Guía para uso seguro y responsable de internet” elaborada por el Instituto nacional de ciberseguridad y la Oficina de seguridad del Internauta).  

Aunque resultan muy útiles para los más pequeños, al garantizar (ejem) un “entorno controlado”, tiendo a pensar que la única herramienta que a largo plazo va a funcionar (parafraseando al famoso libro) es conseguir hablarle a tu hijo de modo que te escuche, y escuchar a tu hijo de modo que te hable, que cuente contigo.

El Riesgo de No Hacer Nada: Responsabilidades

La patria potestad (real y digital) nos obliga  a los padres a responsabilizarnos de formar adultos responsables.

Nuestra responsabilidad no se limita a lo sociológico: un hijo mal educado se puede convertir en un adulto delincuente.

Últimamente proliferan los llamados nuevos delitos, que son los de siempre, pero a través de los nuevos medios: grooming, sexting, ciberacoso, ciberbullying, etc…

Esos delitos son cometidos por los hijos de alguien.

Y no olvidemos nuestra responsabilidad civil: el padre que no haga un buen trabajo en este ámbito, tendrá que apechugar con las consecuencias de los actos de sus hijos.

Para que se entienda, de acuerdo con la ley, los padres tienen que responder de los daños causados por sus hijos menores de edad.

Y hoy los “daños” en redes sociales, pueden ser “virales”, y provocar indemnizaciones sustanciales.

Creo que, en poco tiempo, veremos sentencias llamativas en este sentido.

Buena semana, y diculpen ustedes el peñazo.

 

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Jorge García. Abogado.

Contácteme en jorge.garcia.herrero@gmail.com o en @jgarciaherrero

Fotografía de cabecera: Kubo and the two strings (Laika Studio)