Meta y Hacienda

Meta y Hacienda: “Si el servicio es gratis, tú eres el producto… y el hecho imponible”

 

Meta y Hacienda

 

Desde hace años se repite el mantra: “si el servicio es gratis, el producto eres tú”.

Las redes sociales como Facebook o Instagram presumían de ser gratuitas, pero la Agencia Tributaria italiana opina lo contrario.

En especial después de que Meta decidiera que era buena idea implementar el tristemente famoso “consiente o paga”. Y cuantificar el coste a pagar si no consientes.

Todos esperábamos la respuesta a la pregunta ¿“pero ese consentimiento pocho es libre”? y de hecho apunté en su día que Zuck se había pegado un tiro en el pie al poner precio al uso de su plataforma sin publicidad:  (cuantificando la indemnización a pagar a sus usuarios por sus interminables quebrantos de la normativa de privacidad).

Pero ahora la Hacienda (y la fiscalía) italianas formulan otra pregunta igual de grasiosa: ¿Dónde está el IVA de los seis floros que Meta te cobra hoy por la versión sin publi?

 

La permuta “datos-por-servicio”: ¿es un hecho imponible? Solidez jurídica de la tesis italiana

 

La Procura de Milán ha puesto sobre la mesa algo revolucionario: que la supuesta gratuidad de Facebook/Instagram oculta en realidad una permuta sujeta a IVA. Según la acusación, durante 2015-2021 Meta habría dejado de declarar alrededor de 3900 millones de euros de base imponible, evadiendo unos 887 millones en IVA.

Si los usuarios “pagan” el uso de la plataforma con sus datos personales que Meta explota comercialmente (principalmente para publicidad dirigida), en términos fiscales, habría una permuta: el usuario entrega un activo valioso (sus datos) y a cambio recibe un servicio digital (acceso a la red social).

Para sorpresa de nadie, Meta niega rotundamente este approach.

Sostiene que no existe reciprocidad entre la prestación del servicio de la plataforma y la cesión de datos (en rigor: el consentimiento a que Meta perfile al usuario observando su uso de la plataforma).

Es decir: Meta alega que los datos se recolectan como algo accesorio o condicionado por la mera prestación del servicio, pero no como una contraprestación pactada.

 

Pay or okay

 

Hace año y medio dediqué una serie de cuatro posts (rematados con una denuncia ante la AEPD) al pay or okay de Meta.

Meta implementó esta ideaca en Facebook/Instagram tras recibir sanciones por usar los datos sin consentimiento.  

El EDPB concluyó específicamente sobre estos modelos “consentimiento o pago”, que difícilmente cumplen el RGPD en la mayoría de casos.

Ofrecer solo la alternativa de pago para evitar publicidad comportamental “no debe ser la vía por defecto” —dice el EDPB— instando a dar una opción verdaderamente gratuita sin anuncios personalizados (por ejemplo, con publicidad contextual que no implique datos sensibles). En resumen, para las autoridades de privacidad, obligar a “pagar con tus datos” compromete la libertad del consentimiento.

 

 

 

Meta y Hacienda

 

The tax perspective:“Hacienda te da Zuckpresas, Zuckpresas te da Hacienda”

 

Desde la óptica fiscal italiana, esa falta de libertad es exactamente la prueba del pacto con valor económico. Lo que para el RGPD es un consentimiento pocho (forzar al usuario a ceder datos para obtener el servicio), para Hacienda equivaldría a la evidencia de una transacción recíproca.

Si no te dejan realmente usar Facebook sin dar ciertos datos y aceptar ser perfilado, entonces está implícito que el acceso “gratis” tiene un precio oculto.

 

Es permuta y tributa: (les dejo a ustedes la tercera rima)

 

Conforme la normativa europea (Directiva 2006/112/CE), el IVA grava las entregas de bienes o prestaciones de servicios efectuadas a título oneroso por un sujeto pasivo en el territorio. “A título oneroso” implica que hay una contraprestación (art. 2.1 de la Directiva IVA). Esta contraprestación no tiene por qué ser dinero; puede ser en especie.

Meta argumenta que la captura de datos es un fenómeno colateral de la prestación, no un precio individualizado.

Pero lo grasioso de Meta es ver cómo se contradice en los mil y un procedimientos que tiene abiertos:

Recientemente, ante el tribunal de competencia del Reino Unido, Meta se enfrenta también a una demanda colectiva que la acusa de abuso de posición dominante por “explotar datos de usuarios sin compensación”.

Los demandantes alegan una permuta desigual: los usuarios dieron sus datos pero recibieron un servicio que no es equivalente, y reclaman de Facebook que les indemnice por la diferencia.

Si un tribunal llega a cuantificar cuánto vale la información personal entregada, esa cifra podría determinar la base imponible para el IVA a repercutir.

Hace un par de años a este calvo ya se lo ocurrió la loca idea de que Zuck había autoliquidado el importe de la indemnización a reclamarle, pero vaya, a estos efectos también me vale.

Ni cotiza que todas las haciendas europeas están mirando con un ojo a Italia y con otro al resto de la BigTech.

La squadra azzurra reclama alrededor de 12,5 millones de IVA a X (Twitter) y 140 millones a LinkedIn por los años 2016-2022, bajo idéntica teoría de permuta datos-servicio.

 

Otras permutas no tan evidentes: cripto

 

En la economía digital abundan las transacciones en especie que desafían los paradigmas fiscales.

En 2015, el TJUE tuvo que responder al caso Hedqvist sobre compraventa de bitcoins, y sorprendió al equipararlos a una moneda: intercambiar Bitcoin por moneda tradicional está exento de IVA como operación financiera.

No se cobran impuestos por cambiar euros por bitcoins, igual que no se cobra por cambiar euros por dólares. No obstante, si lo que ocurre es una permuta de cripto por un bien o servicio, la entrega de bienes sí paga IVA, calculado sobre el valor en euros de la criptomoneda entregada.

Y cualquier cambio de un token por otro, es permuta y tributa como tal, my friend.

 

Meta y Hacienda

 

La ironía de Al Zuckone – ¿caerá Meta por Hacienda en vez de por su track record en privacidad?

 

La historia no se repite pero rima. Al Capone “no entró en prisión por sus incontables extorsiones o asesinatos… Fue condenado por no pagar sus impuestos sobre la renta”.

Después de años de multas bajo el RGPD, sumando varios miles de millones en sanciones, Meta podría enfrentarse ahora a una factura fiscal igual o mayor por IVA impagado. Y lo cachondo del asunto es que sería precisamente por monetizar los datos personales de los usuarios, algo de lo que siempre han renegado oficialmente.

“¿No decías que los datos no son dinero? Pues paga impuestos por permuta.”

Por comparar, la mayor multa en materia de privacidad hasta la fecha fue de 1.200 millones (por transferencia internacional de datos ilegal a USA).

Le deseamos a Carmen Machí la misma suerte con Zuck que la que le permitió emplumar a Zeleste/Shakira. Y más suerte con su próxima serie, porque Zeleste era bastante malona.

 

Tres reflexiones finales…

 

  • El triunfo de la acción italiana sería continental: cambiaría la economía de “lo gratis” en internet para siempre.
  • Estos grandes procesos fiscales siempre llevan aparejado un proceso penal, elemento que Zuck no se había encontrado hasta ahora.
  • Por último y en lo que a mí me toca: sin dejar de celebrar cualquier idea que Meta en cintura a Zuck, el hecho de que sea Hacienda y no las autoridades de control de protección de datos quien lo consigue no dice mucho del sistema.

 

… y el chorradón final:

 

Me despido con una de las mejores interpretaciones de Roberto Benigni, uno de los tipos más divertidos de la historia del cine (famoso por su obra más ñoña: “La vida es bella”), en su segmento de la deliciosa «Night on Earth» de Jim Jarmush.

Benigni se confiesa improvisadamente en su taxi por haber conocido en el sentido bíblico Zuck-cesivamente a una calabaza primero (zucca en el original italiano, me ha venido a la mente por lo que sea), luego a una peccorina… y después a su cuñada.

TROCOTRÓN TROCOTRÓN

 

Jorge García Herrero

Abogado y Delegado de Protección de Datos