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El Urdanjardin: Qué Es. Riesgos y Soluciones

El Yerno Perfecto

Cristina era la hija favorita de Juan Carlos. Por eso Juan Carlos estaba muy contento con su nuevo yerno: Iñaki era un muchacho bien plantado, deportista y con cara de buena persona.

Juan Carlos le donó a Cristina dinero y bienes de valor para que no le faltara de nada. Que fuera bien feliz con Iñaki, y le diera nietos, qué demonios.

Los chanchullos

Cristina no tardó en darle tres nietos y una nieta, pero Iñaki no tardó en darle disgustos: los períodicos le vinculaban con negocios turbios y amistades peligrosas.

Cuando Iñaki reveló su cara chanchullera, Juan Carlos empezó a preocuparse por la posibilidad de que Iñaki pudiera llegar a controlar el patrimonio de su hija.

Peor aún, empezó a temer lo que podría pasar con su propia herencia, si Cristina fallecía.

Los Riesgos del Urdanjardín

El Urdanjardín tiene sus riesgos, pero también tiene sus soluciones, que veremos al final del post.

Riesgo: si Cristina fallecía, al menos dos tercios de sus bienes (todos, a falta de testamento) corresponderían a sus hijos. Durante la minoría de edad de éstos, el administrador sería Iñaki, su padre.

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Hay más: si adicionalmente muriera alguno de los niños, los mismos bienes pasarían a propiedad de Iñaki como único heredero por sucesión intestada.

Riesgo: si Cristina no falleciera, pero quedara incapacitada, la administración de todos sus bienes asimismo correspondería probablemente a su cónyuge, Iñaki.

Perspectiva nada halagüeña la de Juan Carlos.

 

La Insuficiente Reserva Lineal

Consultó a un abogado. Y le contaron un rollo tremendo sobre el art 811 del código civil, pero por lo poco que entendió, le pareció que no le iba a solucionar nada.

Resumidamente, si Iñaki llegara a adquirir la propiedad de bienes procedentes de la herencia de Juan Carlos, tendría la obligación de «reservarlos» a beneficio de los parientes de esa línea familiar, de modo que los adquirieran a su muerte. Pero se trataba de una disposición vetusta, inconcreta y sin medidas ejecutivas para hacerla efectiva por parte de sus beneficiarios.

En lo que importa: nadie podría impedir a Iñaki vender todos los bienes heredados de Cristina o sus hijos. Eso sí, tendría la obligación de «guardar o reservar» el importe del precio para aquellos parientes… Pero como para fiarse.

Juan Carlos estaba metido en un Urdanjardín.

Como ocurre con cualquier problema, lo mejor que se puede hacer con un Urdanjardín es tomar medidas preventivas antes de que se produzca. O sea, evitarlo.

 

Soluciones

Estas son las medidas que Juan Carlos y Cristina (o cualquier padre e hijo que estén en peligro de meterse en un Urdanjardín) deberían tomar -mientras estén a tiempo-.

Juan Carlos:

1.- Debe aconsejar a su hija que pacte separación de bienes como régimen económico matrimonial, antes de casarse.

2.- Debe hacer testamento en el que nombre herederos y sustitutos a esos herederos. Así, debe nombrar heredera a su hija Cristina. Y nombrarle expresamente sustitutos (sus nietas) para el caso de fallecer Cristina. Lo importante es que, para el caso de heredar sus nietos en lugar de Cristina, se designe administrador de confianza (o varios, en todo caso distintos de su yerno), para que se haga cargo de la gestión de los activos heredados por los nietos hasta que sean mayores de edad.

 

Cristina:

1.- Pactar separación de bienes como régimen económico matrimonial, preferentemente antes de contraer matrimonio.

2.- Hacer testamento en el que se nombre un administrador de confianza (o varios, siempre distintos de su marido) que gestione los bienes que de ella hereden sus hijos, mientras no alcancen la mayoría de edad. 

Así se evita que Iñaki haga una administración perjudicial o en su propio interés durante el período de minoría de edad de sus hijos. 

3.- Prever además en el testamento las sustituciones pupilar y ejemplar, para el caso de fallecer o quedar incapacitadas sus hijos antes de alcanzar los 14 años de edad. 

En la sustitución pupilar y ejemplar, básicamente lo que se hace es hacer el testamento de tus hijos, para el caso de que fallezcan o queden incapacitados antes de adquirir la capacidad necesaria para hacerlo por sí mismos. 

De lo que se trata con estas sustituciones es de evitar que los bienes heredados por los hijos (que no pueden hacer testamento hasta los 14 años) acaben en manos de su padre Iñaki en dos casos:

a.- en caso de fallecimiento de alguno antes de los 14 años, Iñaki será el único heredero, por herencia intestada (por ley las niños no habrán podido otorgar testamento antes de esa edad).

b.- en caso de quedar judicialmente incapacitados los niños o en situación de serlo, Iñaki sería el administrador de sus bienes como titular de la patria potestad, con los mismos riesgos vistos más arriba (sustancialmente: administración perjudicial o interesada).

A este fin se determinará, en la medida de lo posible, que los bienes por los niños heredados se transmitan a los otros hermanos o al familiar más cercano de la línea familiar de Cristina (Juan Carlos, padre de Juan Carlos, o hermanos de Juan Carlos). De no regularse nada de esto, en tales casos, los bienes le corresponderían a Iñaki.

4.- Otorgar una escritura de autotutela. Se trata de un documento en el que Cristina regula quién debe administrar sus bienes (y también su encargarse de su propia persona) en caso de que ella pierda la capacidad para hacerlo. Es decir, para el caso de ser judicialmente incapacitada o quedar en situación susceptible de serlo.

Aunque no esté a tiempo para hacer todo esto, haga lo que pueda mientras pueda. No debe tener miedo a hacer testamento.

Una interesante e ilustrativa historia sobre el testamento pupilar aquí.

Le deseo suerte con sus yernos y nueras. pero si no la tiene, ya sabe lo que hay que hacer.

 

Jorge García. Abogado en Valladolid

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